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Article 9

Ley 148 de 1961 · por la cual se reforma la legislación sobre lepra y se dictan otras disposiciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Autorizase al Gobierno para adjudicara a enfermos o curados de lepra, de preferencia inválidos, ancianos y estéticamente deformados, a titulo gratuito, tierras, edificios, etc., de propiedad de la Nación situados en el área urbana de las poblaciones de Agua de Dios y Contratación, excluyendo aquellos a que se refiere el articulo anterior y los ocupados por particulares que hayan hecho construcciones u otras mejoras.

Esta autorización se entiende para adjudicar gratuitamente a las personas que demuestren a satisfacción de Ministerio de Salud Publica no poseer patrimonio propio. Podrá el Gobierno igualmente adjudicar a particulares, de preferencia a quienes hayan hecho construcciones en ellos, terrenos en propiedad de la Nación, situados en la misma área urbana de las citadas poblaciones en las condiciones que el mismo Gobierno señale.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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