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Article 12

Las Funciones A Que Se Refieren Los Artículos Anteriores Se Ejercerán Sin Perjuicio De La Competencia Privada Que El Decreto - Ley 2811 De 1974 Atribuye Al Gobierno Nacional En Los Artículos 259, 261 Y 290 Para La Aprobación De Licencias De Caza Comercial, De Licencias De Exportación Y De Autorizaciones Para La Introducción De Especies

Decreto 1608 de 1978 · Por el cual se reglamenta el Código Nacional de los Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente y la Ley 23 de 1973 en materia de Fauna Silvestre

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01

Text of the article

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Las funciones a que se refieren los artículos anteriores se ejercerán sin perjuicio de la competencia privada que el Decreto - Ley 2811 de 1974 atribuye al gobierno nacional en los Artículos 259, 261 y 290 para la aprobación de licencias de caza comercial, de licencias de exportación y de autorizaciones para la introducción de especies. CAPITULO III Reglas especiales para la proteccion y manejo de la fauna silvestre

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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