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Article 86

Decreto 3381 de 1981 · Por el cual se regulan las actividades de los Fondos de Empleados como personas jurídicas que manejan ahorro privado

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Para efectos de las sanciones previstas en el presente Decreto se consideran infracciones graves

a)

El fraude o la falsedad de las cifras consignadas en el balance;

b)

La percepción subrepticia de cuotas, suscripciones o fondos de cualquier clase;

c)

Las prácticas peligrosas que entrañen riesgos para la estabilidad financiera de los fondos de empleados;

d)

La adulteración de la calidad, de los pesos o medidas de los suministros, u otra defraudación a los afiliados o a terceros;

e)

El empleo de medios contrarios a las leyes, la moral o las buenas costumbres en el desarrollo de las actividades de los fondos de empleados;

f)

La resistencia a los actos de control y vigilancia del Departamento Administrativo Nacional de Cooperativas o la renuencia al cumplimiento de las decisiones del mismo organismo sobre corrección de fallas, corruptela o infracciones en el funcionamiento del fondo;

g)

La negligencia en el manejo de los intereses del fondo de empleados.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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