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Article 28

Ley 75 de 1986 · Por la cual se expiden normas en materia tributaria, de catastro, de fortalecimiento y democratización del mercado de capitales, se conceden unas facultades extraordinarias y se dictan otras disposiciones

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01

Text of the article

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A partir del año gravable 1986 no constituye renta ni ganancia ocasional el componente inflaccionario de los rendimientos financieros percibidos por los contribuyentes distintos de las personas naturales, en el porcentaje que se indica a continuación:

10% para el año gravable 1986

20% para el año gravable 1987

30% para el año gravable 1988

40% para el año gravable 1989

50% para el año gravable 1990

60% para el año gravable 1991

70% para el año gravable 1992

80% para el año gravable 1993

90% para el año gravable 1994

100% para los años gravables de 1995 y siguientes.

Para los efectos del presente artículo, entiéndese por componente inflacionario de los rendimientos financieros, el resultado de multiplicar el valor bruto de tales rendimientos, por la proporción que exista entre la tasa de corrección monetaria vigente a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior al gravable y la tasa de captación más representativa a la misma fecha, según certificación de la Superintendencia Bancaria.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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