En cumplimiento de sus fines propios los Fondos Ganaderos podrán formar compañías con aportes de ganado de cría, levante y engorde, y realizar los demás actos y negocios relacionados con la mencionada industria y con la preservación y selección de razas, según lo autoricen sus estatutos. En las operaciones que los Fondos realicen en desarrollo de este artículo deberán destinar por lo menos el 70% de sus disponibilidades a la cría y levante de conjuntos de ganado.
Decreto 469 de 1960 →In force
Article 16
En Cumplimiento De Sus Fines Propios Los Fondos Ganaderos Podrán Formar Compañías Con Aportes De Ganado De Cría, Levante Y Engorde, Y Realizar Los Demás Actos Y Negocios Relacionados Con La Mencionada Industria Y Con La Preservación Y Selección De Razas, Según Lo Autoricen Sus Estatutos
Decreto 469 de 1960 · Por el cual se reglamenta la Ley 26 de 1959
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
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