º La exención de que trata el presente Decreto será concedida por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, a solicitud, en cada caso y para cada pedido, del Presidente del Comité Organizador de los VII Juegos Atléticos Nacionales, solicitud que deberá ajustarse a las normas señaladas en el Reglamento General de Aduanas, numero 55. El Ministerio de Hacienda se reserva el derecho de limitar la franquicia otorgada en este Decreto cuando, a su juicio, los elementos para los cuales se solicite exención se importen en cantidades superiores a las estrictamente necesarias, o la naturaleza de ellos no corresponda a la destinación que ha de dárseles.
Decreto 509 de 1953 →In force
Article 3
La Exención De Que Trata El Presente Decreto Será Concedida Por El Ministerio De Hacienda Y Crédito Público, A Solicitud, En Cada Caso Y Para Cada Pedido, Del Presidente Del Comité Organizador De Los Vii Juegos Atléticos Nacionales, Solicitud Que Deberá Ajustarse A Las Normas Señaladas En El Reglamento General De Aduanas, Numero 55
Decreto 509 de 1953 · Por el cual se conceden unas exenciones de derechos de aduana
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01
Text of the article
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02
Constitutional history
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