º. La liquidación de las prestaciones sociales y asignaciones de retiro que se decreten a los Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas de Policía, se hará sobre la suma de las siguientes partidas: Sueldo básico; prima de antigüedad; doceava parte de la Prima de Navidad; gastos de representación para Oficiales Generales; subsidio familiar, excepto para la asignación de retiro.
Article 9
La Liquidación De Las Prestaciones Sociales Y Asignaciones De Retiro Que Se Decreten A Los Oficiales Y Suboficiales De Las Fuerzas De Policía, Se Hará Sobre La Suma De Las Siguientes Partidas: Sueldo Básico; Prima De Antigüedad; Doceava Parte De La Prima De Navidad; Gastos De Representación Para Oficiales Generales; Subsidio Familiar, Excepto Para La Asignación De Retiro
Decreto 326 de 1959 · Por el cual se fijan asignaciones a los Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas de Policía en servicio activo
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