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Article 2.14.6.10.7

Inscripción En El Registro De Sujetos De Ordenamiento (Reso)

Decreto 1071 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural.

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Text of the article

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Inscripción en el Registro de Sujetos de Ordenamiento (RESO). Los aspirantes a la adjudicación que cuenten con las condiciones de sujetos de ordenamiento o acceso a tierras deberán encontrarse o ser inscritos en el Registro de Sujetos de Ordenamiento (RESO), conforme a las reglas establecidas en el Decreto Ley 902 de 2017.Parágrafo. Verificadas las condiciones de los sujetos beneficiarios de entrega de predios, sea de manera provisional o definitiva, por parte del Fondo de Tierras al aspirante de que trata el numeral 1 del artículo 2.14.6.10.3. del presente decreto, se incorporará en el expediente de adjudicación la comunicación enviada a los potenciales beneficiarios, de acuerdo con el parágrafo 2° del artículo 2.14.6.10.5 del presente decreto.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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