JurídicoESEN

Article 27

Los Alcaldes Municipales Pasarán Al Ministerio De Agricultura Y Comercio, Dentro De Un Plazo De 180 Días, Contados A Partir De La Vigencia De Este Decreto, Una Relación Completa Y Detallada De Las Derivaciones Existentes En Sus Respectivos Municipios Y Evitarán Nuevos Aprovechamientos Que No Estén Respaldados Por La Respectiva Licencia Expedida Por El Gobierno

Decreto 1497 de 1937 · Por el cual se reglamenta la Ley 113 de 1928, en lo referente a la captación, distribución y aprovechamiento de aguas de uso público, para el fomento de las industrias, especialmente de la agricultura

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Los alcaldes municipales pasarán al Ministerio de Agricultura y Comercio, dentro de un plazo de 180 días, contados a partir de la vigencia de este decreto, una relación completa y detallada de las derivaciones existentes en sus respectivos municipios y evitarán nuevos aprovechamientos que no estén respaldados por la respectiva licencia expedida por el gobierno.

Parágrafo

Los alcaldes que no dieren cumplimiento a la disposición de este artículo se harán acreedores a una multa de $10.oo a $ 50.oo que impondrá el Ministerio de Agricultura y Comercio.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 1497 de 1937