JurídicoESEN

Article 1

Definiciones

Decreto 2195 de 2001 · por el cual se reglamenta el artículo 1° de la Ley 681 del 9 de agosto de 2001 y se establecen otras disposiciones en materia de distribución de combustibles en Zona de Frontera.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Articulo 1º. Definiciones . Para los efectos del presente Decreto se tendrán en cuenta las siguientes definiciones

1.

Combustibles líquidos derivados del petróleo . Como combustibles líquidos derivados del petróleo se tendrán exclusivamente el Electrocombustible, el ACPM y la Gasolina Motor en los términos prevístos en los artículos 2º y 3º de la Ley 681 de 2001.

2.

Gran distribuidor mayorista, distribuidor mayorista, gran consumidor, distribuidor minorista, planta de abastecimiento, transportador de combustibles . Serán los definidos en los Decretos 283 de 1990, 300 de 1993 y 1521 de 1998, o las normas que los modifiquen, aclaren, adicionen o deroguen.

3.

Tercero . Toda persona natural o jurídica, debidamente registrada y autorizada por el Ministerio de Minas y Energía que cuente con capacidad logística suficiente para importar y/o distribuir combustibles líquidos derivados del petróleo en un municipio ubicado en Zona de Frontera.

4.

Zonas de frontera . Para efectos de las exenciones de los impuestos de arancel, IVA e Impuesto Global de que trata el párrafo cuarto del artículo primero de la Ley 681 de 2001, se entenderán por Zonas de Frontera a los municipios y corregimientos definidos en los Decretos 1814 de 1995, 2036 de 1995 y 930 de 1996, o las normas que los modifiquen, aclaren, adicionen o deroguen.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 2195 de 2001