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Article 17

Decreto 3512 de 2003 · por el cual se reglamenta la organización, funcionamiento y operación del Sistema de información para la Vigilancia de la Contratación Estatal, SICE, creado mediante la Ley 598 de 2000, y se dictan otras disposiciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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Obligaciones de los usuarios del SICE . Abstenerse de introducir información falsa y evitar cualquier conducta que tienda a alterar el Sistema, so pena de hacerse acreedor a las sanciones a que haya lugar. Las personas que observen irregularidades en la información o manejo del SICE, están en la obligación de presentar la respectiva denuncia ante las autoridades competentes.

Parágrafo

Los usuarios del SICE, incluidos los servidores públicos, los proveedores y los particulares, que utilicen información falsa o artificial para registrar en el Sistema o que alteren el funcionamiento del mismo, responderán fiscal, penal, civil y disciplinariamente, de conformidad con las normas que regulan estas materias.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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