Los certificados de aportación, los excedentes y derechos de cualquier clase que pertenezcan a los socios por razón de su vinculación a la cooperativa, quedan preferentemente afectados desde su origen en favor de la misma como garantía de las obligaciones que contraigan con ellas y cualquier traspaso, pignoración o gravamen de tales certificados, beneficios o derechos que los socios hagan a favor de terceros, serán siempre sin perjuicio de los derechos preferenciales de la cooperativa.
Article 57
Los Certificados De Aportación, Los Excedentes Y Derechos De Cualquier Clase Que Pertenezcan A Los Socios Por Razón De Su Vinculación A La Cooperativa, Quedan Preferentemente Afectados Desde Su Origen En Favor De La Misma Como Garantía De Las Obligaciones Que Contraigan Con Ellas Y Cualquier Traspaso, Pignoración O Gravamen De Tales Certificados, Beneficios O Derechos Que Los Socios Hagan A Favor De Terceros, Serán Siempre Sin Perjuicio De Los Derechos Preferenciales De La Cooperativa
Decreto 461 de 1969 · Por el cual se aprueba el estatuto que reglamenta las características y funcionamiento de las Cooperativas de la Reforma Agraria
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