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Article 8

Decreto 839 de 1991 · por el cual se dictan normas en relación con el régimen de reservas técnicas y su inversión por parte de las entidades aseguradoras.

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01

Text of the article

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º . Calculo de la reserva de descripción de siniestralidad. Adicionalmente a la reserva de riesgos en curso que debe constituirse para el seguro de terremoto, de conformidad con las reglas previstas en el artículo 3º de este Decreto, para este ramo se constituirá trimestralmente una reserva del 40% del valor de las primas netas retenidas la cual será acumulativa y se incrementará hasta tanto se complete una suma equivalente al doble de la pérdida máxima probable aplicable al cúmulo retenido por la entidad aseguradora en la zona sísmica de mayor exposición.

Parágrafo 1

El monto total de las reservas que para este ramo han debido constituir las entidades aseguradoras hasta el 31 de diciembre de 1990 no será liberable, a menos que se presenten los presupuestos a que alude el presente artículo.

Parágrafo 2

La Superintendencia Bancaria efectuará los estudios indispensables para establecer la procedencia de esta reserva en otros ramos.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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