º Funcionamiento del Comité Nacional de Salud Ocupacional. El Comité Nacional de Salud Ocupacional funcionará en la siguiente forma
Estará presidido por el titular de la subdirección preventiva de salud ocupacional del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
Actuará como secretario del comité el titular de la subdirección de control de invalidez del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
El comité se reunirá, en forma ordinaria, una vez al mes.