Art. 1. º El Presidente de la República será elegido por el Congreso, para un cuatrenio en sesión pública y por mayoría absoluta de votos.
Declarada la elección, el Congreso la comunicará al elegido y al encargado del Poder Ejecutivo.
Ley 42 de 1905 · Sobre elecciones
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
Art. 1. º El Presidente de la República será elegido por el Congreso, para un cuatrenio en sesión pública y por mayoría absoluta de votos.
Declarada la elección, el Congreso la comunicará al elegido y al encargado del Poder Ejecutivo.
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.