º Para ser Visitador de la Procuraduría Delegada para las Fuerzas Militares, y para la Policía Nacional, se requiere ser colombiano de nacimiento y en ejercicio de la ciudadanía, y ser abogado titulado; y, además, haber sido Auditor Auxiliar de Guerra por un tiempo no menor de tres (3) años; o Juez de Instrucción, por el mismo tiempo; o ser Oficial de las Fuerzas Militares con título de abogado obtenido por lo menos cuatro (4) años antes del nombramiento.
Article 9
Para Ser Visitador De La Procuraduría Delegada Para Las Fuerzas Militares, Y Para La Policía Nacional, Se Requiere Ser Colombiano De Nacimiento Y En Ejercicio De La Ciudadanía, Y Ser Abogado Titulado; Y, Además, Haber Sido Auditor Auxiliar De Guerra Por Un Tiempo No Menor De Tres (3) Años; O Juez De Instrucción, Por El Mismo Tiempo; O Ser Oficial De Las Fuerzas Militares Con Título De Abogado Obtenido Por Lo Menos Cuatro (4) Años Antes Del Nombramiento
Decreto 2031 de 1960 · Por el cual se reglamenta la composición orgánica y se fijan las funciones de la Procuraduría Delegada para las Fuerzas Militares y para la Policía Nacional.
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