°. Si el operador judicial ordena la extinción del derecho de dominio a favor del Estado del total de acciones, cuotas, derechos o partes de interés que representen el capital de una sociedad, tal declaración comprende la extinción del derecho de dominio sobre los bienes que comprenden el activo societario. Las deudas a cargo de la sociedad que subsistan, serán canceladas con el producto de la venta de dichos bienes cuando, de conformidad con las normas legales, sea procedente esta venta. De no ser procedente la enajenación, se cancelarán las deudas con recursos del Frisco. Declarada por el operador judicial la extinción del derecho de dominio a favor del Estado del total de acciones, cuotas, derechos o partes de interés que representen el capital de una sociedad y se inicia o se encuentra en trámite un proceso de extinción de dominio que involucre bienes y/o activos de la sociedad extinguida, la Dirección Nacional de Estupefacientes, previa designación de un depositario con funciones de liquidador conforme a la normas que rigen la liquidación voluntaria de sociedades, solicitará al operador judicial la terminación del proceso de extinción de dominio respecto de tales bienes y el levantamiento de las medidas cautelares que pudieren recaer sobre el bien.
Decreto 4320 de 2007 →In force
Article 6
Si El Operador Judicial Ordena La Extinción Del Derecho De Dominio A Favor Del Estado Del Total De Acciones, Cuotas, Derechos O Partes De Interés Que Representen El Capital De Una Sociedad, Tal Declaración Comprende La Extinción Del Derecho De Dominio Sobre Los Bienes Que Comprenden El Activo Societario
Decreto 4320 de 2007 · por el cual se reglamentan parcialmente los artículos 13, 14 y 15 de la Ley 1151 de 2007.
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.