La Empresa recibirá en sus carros la carga de exportación en la Estación de Montoya y en Salgar y Puerto Colombia, por tierra o por agua, y la conducirá hasta el costado del buque que haya de tomarla en el muelle de Puerto Colombia; bien entendido que el carguío y la descarga los harán los interesados por su cuenta.
Article 45
La Empresa Recibirá En Sus Carros La Carga De Exportación En La Estación De Montoya Y En Salgar Y Puerto Colombia, Por Tierra O Por Agua, Y La Conducirá Hasta El Costado Del Buque Que Haya De Tomarla En El Muelle De Puerto Colombia; Bien Entendido Que El Carguío Y La Descarga Los Harán Los Interesados Por Su Cuenta
Decreto 83 de 1918 · Por el cual se reforma el marcado con el número 701, de 22 de agosto de 1889, que reglamentó el servicio de carga y descarga en Puerto Colombia y de transportes por el Ferrocarril de Bolívar
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