Artículo segundo . El artículo veinte quedará así: El delegado del Ministerio de Educación Nacional ante la Junta Administradora del Fondo Educativo Regional, en asocio con el coordinador del mapa educativo y el Director del Centro Experimental Piloto, elaborarán, en consulta con el Instituto Agustín Codazzi, un listado de las escuelas unitarias o nuevas y de los planteles ubicados en áreas rurales de difícil acceso y de las poblaciones apartadas, teniendo en cuenta los criterios establecidos en el presente Decreto. Estos listados serán presentados a la Junta Seccional de Escalafón para que determine, mediante resolución motivada, cuáles establecimientos educativos quedan cobijados dentro de esta calificación. Las resoluciones deben ser remitidas a la Junta Nacional de Escalafón para su refrendación, requisito sin el cual no podrá computarse tiempo de servicio doble.
Decreto 2669 de 1981 →In force
Article 2
Decreto 177 De 1982 Afecta La Vigencia De: [ Mostrar ] Modifica Artículo 20 Decreto 259 De 1981
Decreto 2669 de 1981 · Por el cual se introducen algunas modificaciones al Decreto 259 de 1981 que reglamenta el Decreto extraordinario 2277 de 1979
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01
Text of the article
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02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
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