º. Los fondos entregarán a cada trabajador periódicamente o dentro de los diez (10) días siguientes a la fecha de su retiro de la empresa, un comprobante en el cual aparezca el estado de su cuenta conforme a los artículos precedentes. En el caso de retiro la no entrega oportuna del comprobante dará lugar a las sanciones previstas para los fondos en el artículo 34. CAPITULO V De la utilización y pago de cesantías y sanciones
Decreto 98 de 1973 →In force
Article 31
Los Fondos Entregarán A Cada Trabajador Periódicamente O Dentro De Los Diez (10) Días Siguientes A La Fecha De Su Retiro De La Empresa, Un Comprobante En El Cual Aparezca El Estado De Su Cuenta Conforme A Los Artículos Precedentes
Decreto 98 de 1973 · Por el cual se dispone la creación de Fondos Regionales de Capitalización para el manejo de aprovechamiento e inversión de recursos provenientes del ahorro privado
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.