°. Las recompensas establecidas por la Ley 45 de 1933 y su Decreto reglamentario número 586 de 1934 a favor de los empleados y obreros de la Imprenta Nacional, serán pagadas con cargo al Fondo Rotatorio de la División de la Imprenta Nacional del Departamento Administrativo de Servicios Generales.
Article 1
Las Recompensas Establecidas Por La Ley 45 De 1933 Y Su Decreto Reglamentario Número 586 De 1934 A Favor De Los Empleados Y Obreros De La Imprenta Nacional, Serán Pagadas Con Cargo Al Fondo Rotatorio De La División De La Imprenta Nacional Del Departamento Administrativo De Servicios Generales
Decreto 649 de 1964 · por el cual se reglamenta el pago de las recompensas que ordena la Ley 45 de 1933 para los trabajadores de la Imprenta Nacional.
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