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Article 11

(Bis)

Decreto 451 de 1875 · Por el cual se amplía el decreto número 376 de 1875 (6 de agosto), sobre la primera liquidación de los presupuestos nacionales de rentas i gastos para la vijencia económica de 1875 a 1876

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Art. 2.° La espresada cantidad será imputada a la vijencia económica de 1875 a 1876, en estos términos : Departamento de Correos . Capítulo 1.º Administraciones principales i subalternas de Hacienda nacional (personal). Artículo 11. (bis). Para el aumento del cinco por ciento sobre el sueldo de aquellas Administraciones subalternas que, atendidas las condiciones de subsistencia en las respectivas localidades, juzgue el Poder Ejecutivo que deban tener tal aumento, hasta $ 1,461-60 Capítulo 7.º Telégrafos (personal). Artículo 2.° (bis). Para el aumento del cinco por ciento sobre el sueldo de los empleados de las Oficinas telegráficas que atendidas las condiciones de subsistencia de cada localidad i la importancia de la Oficina, juzgue el Poder Ejecutivo que deben tener tal aumento, hasta 1,934-50 $ 3,396-10

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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