Los funcionarios reincorporados a la Planta de Personal a que se refiere el inciso primero del artículo anterior, tendrán derecho al sueldo de ingreso del grado al cual corresponda el cargo. Si por razón de esta reincorporación un funcionario quedare con una remuneración mensual superior a la que figura en la columna "Sueldo de Ingreso" del grado correspondiente al empleo, continuará percibiendo ésta hasta cuando se retire del servicio u obtenga una remuneración superior. En estos casos la prima de antigüedad seta la del grado que corresponda al cargo al cual haya sido reincorporado, la cual se adicionará a la remuneración a que tenga derecho según lo previsto en el inciso anterior.
Decreto 1020 de 1975 →In force
Article 16
Los Funcionarios Reincorporados A La Planta De Personal A Que Se Refiere El Inciso Primero Del Artículo Anterior, Tendrán Derecho Al Sueldo De Ingreso Del Grado Al Cual Corresponda El Cargo
Decreto 1020 de 1975 · Por el cual se fija el sistema de clasificación y Remuneración de los Empleos de la Administración Postal Nacional
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01
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02
Constitutional history
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