Por conducto del Comando General de las Fuerzas Militares, el Gobierno Nacional dará en venta, mediante licitación privada internacional, las armas y municiones de guerra que se consideren inservibles, obsoletas y que no sean susceptibles de reconversión y utilizaci6n por las Fuerzas Armadas: Con el producto de estas ventas se constituirá una cuenta especial en el Comando General de las Fuerzas Militares con cargo a la cual se atenderán los gastos de adquisición, reparación y conservación del material de guerra.
Article 67
Por Conducto Del Comando General De Las Fuerzas Militares, El Gobierno Nacional Dará En Venta, Mediante Licitación Privada Internacional, Las Armas Y Municiones De Guerra Que Se Consideren Inservibles, Obsoletas Y Que No Sean Susceptibles De Reconversión Y Utilizaci6n Por Las Fuerzas Armadas: Con El Producto De Estas Ventas Se Constituirá Una Cuenta Especial En El Comando General De Las Fuerzas Militares Con Cargo A La Cual Se Atenderán Los Gastos De Adquisición, Reparación Y Conservación Del Material De Guerra
Decreto 1663 de 1979 · Por el cual se expide el estatuto nacional para el control y comercio de armas, municiones, explosivos y sus accesorios
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