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Article 5

Funciones Del Despacho De La Rectoría

Decreto 1570 de 2016 · por el cual se aprueba la modificación de la estructura del Instituto Nacional de Formación Técnica Profesional de San Andrés y Providencia y se determinan las funciones de sus dependencias.

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01

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°. Funciones del Despacho de la Rectoría. Son funciones del Despacho de la Rectoría, las siguientes

1.

Ejercer la representación legal de la Institución.

2.

Cumplir y hacer cumplir las normas legales, estatutarias y reglamentarias vigentes.

3.

Evaluar y controlar el funcionamiento general del Instituto e informar al Consejo Directivo.

4.

Ejecutar las decisiones del Consejo Directivo.

5.

Dirigir y coordinar el proceso de Planeación de la Institución.

6.

Garantizar el ejercicio del Control Interno y Gestión de la Institución y propender por el mejoramiento institucional.

7.

Crear y conformar, con carácter permanente o transitorio, grupos internos de trabajo, mediante resolución, teniendo en cuenta las necesidades del servicio y los planes y programas trazados por la Institución; así como designar el funcionario bajo el cual quedará la coordinación y supervisión del grupo.

8.

Someter el proyecto de presupuesto a consideración del Consejo Directivo y ejecutarlo una vez sea aprobado y expedido legalmente.

9.

Suscribir los contratos y expedir los actos administrativos que sean necesarios para el cumplimiento de los objetivos del Instituto, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes.

10.

Nombrar, remover y administrar el personal del Instituto de acuerdo con las disposiciones legales pertinentes.

11.

Expedir el Manual de Funciones y competencias laborales y velar por su respectivo cumplimiento.

12.

Reglamentar y convocar a elección del representante de los egresados, los estudiantes, los profesores y demás miembros de los diferentes comités, de conformidad con las normas estatutarias de la Institución.

13.

Someter al Consejo Directivo, cada mes, un informe sobre ejecución presupuestal y anualmente los estados financieros de la Institución.

14.

Aceptar las donaciones y legados que sean autorizados por el Consejo Directivo.

15.

Presentar los informes al Consejo Directivo, al Ministerio de Educación Nacional y a otras autoridades que lo requieran, en la forma que estos lo determinen, sobre el estado de ejecución de las funciones que corresponden a la Institución y los informes generales o particulares que le soliciten.

16.

Resolver en segunda instancia los procesos disciplinarios que se adelanten a los funcionarios de la Entidad, de conformidad con la Ley 734 de 2012 o las normas que la modifiquen o sustituyan.

17.

Dirigir, controlar y velar por el cumplimiento de los objetivos de la Institución, en concordancia con los planes de desarrollo y las políticas trazadas.

18.

Las demás funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Constitutional history

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This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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