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Article 21

Facultad De Postgrado

Decreto 219 de 2004 · por el cual se modifica la estructura de la Escuela Superior de Administración Pública, ESAP, y se dictan otras disposiciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Facultad de Postgrado . Corresponde a la Facultad de Postgrado cumplir las siguientes funciones

1.

Contribuir en el diseño de líneas de investigación sobre los problemas propios del Estado y de la Administración Pública.

2.

Controlar y evaluar el cumplimiento de los reglamentos institucionales que regulan en ejercicio de su labor.

3.

Conceptuar sobre los aspectos académicos que le correspondan o que sean sometidos a su consideración.

4.

Organizar, ejecutar y controlar los programas académicos de formación avanzada que imparta la Escuela.

5.

Evaluar los planes de estudio y los contenidos temáticos de los programas de postgrado y proponer las recomendaciones que permitan dar respuesta a las necesidades del entorno.

6.

Desarrollar programas de Especialización, Maestría y Doctorado.

7.

Hacer cumplir los reglamentos vigentes en la Escuela Superior de Administración Pública, ESAP.

8.

Cumplir las políticas académicas trazadas por los órganos directivos de la Escuela Superior de Administración Pública, ESAP.

9.

Organizar, ejecutar y controlar los procesos de selección, matrícula y grado de los estudiantes.

10.

Organizar, controlar y evaluar las actividades académicas desarrolladas por los docentes y estudiantes vinculados a los diferentes programas académicos.

11.

Desarrollar los procesos administrativos atinentes al funcionamiento de la facultad.

12.

Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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