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Article 2.2.8.18.7.7

De Las Medidas Correctivas A Vendedores Informales

Decreto 1070 de 2015 · por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

De las medidas correctivas a vendedores informales. No se impondrá medida correctiva de multa, decomiso o destrucción del bien a vendedores informales estacionarios, semiestacionarios o ambulantes, hasta que se haya podido confirmar el ofrecimiento de programas de reubicación o alternativas de trabajo formal u otras similares por medio de las entidades competentes.

Parágrafo

La anterior excepción no será aplicable en los casos en los cuales se haya demostrado el ofrecimiento de alternativa de reubicación y/o trabajo formal o similares, en los cuales el vendedor informal en cualquiera de sus modalidades la hubiere rechazado, pudiéndose en tales casos imponer la medida correctiva y en todo caso podrá imponerse la medida de participación en programa comunitario o actividad pedagógica de convivencia.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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