°. La solicitud de permiso para el ingreso de una aeronave extranjera al país, deberá expresar los siguiente: nacionalidad, matricula, clase y tipo de la aeronave y si tiene radio a bordo; nombre y nacionalidad del propietario o explotador de la aeronave; nombre y nacionalidad del piloto y de los demás miembros de la tripulación y si trae pasajeros; objeto del vuelo, tiempo que proyecta permanecer en Colombia; fecha que tendrá lugar el vuelo, y determinación tanto del lugar de partida inmediatamente anterior al ingreso de la aeronave a Colombia, como del aeródromo de llegada.
Article 2
La Solicitud De Permiso Para El Ingreso De Una Aeronave Extranjera Al País, Deberá Expresar Los Siguiente: Nacionalidad, Matricula, Clase Y Tipo De La Aeronave Y Si Tiene Radio A Bordo; Nombre Y Nacionalidad Del Propietario O Explotador De La Aeronave; Nombre Y Nacionalidad Del Piloto Y De Los Demás Miembros De La Tripulación Y Si Trae Pasajeros; Objeto Del Vuelo, Tiempo Que Proyecta Permanecer En Colombia; Fecha Que Tendrá Lugar El Vuelo, Y Determinación Tanto Del Lugar De Partida Inmediatamente Anterior Al Ingreso De La Aeronave A Colombia, Como Del Aeródromo De Llegada
Decreto 91 de 1937 · Por el cual se sustituye el marcado con el número 2415, de 29 de septiembre de 1936, sobre ingreso de aeronaves extranjeras al país
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