JurídicoESEN

Article 17

Responsabilidad Del Instituto Nacional De Salud (Ins)

Decreto 2171 de 2009 · por medio del cual se señalan medidas aplicables a las piscinas y estructuras similares de uso colectivo y de propiedad privada unihabitacional y se dictan otras disposiciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Responsabilidad del Instituto Nacional de Salud (INS). En desarrollo de las funciones señaladas en el artículo 4° del Decreto 272 de 2004 o la norma que la modifique, adicione o sustituya, el Instituto Nacional de Salud realizará las siguientes acciones

1.

Establecer los requisitos para la validación o revalidación de métodos analíticos, nuevas tecnologías que se comercialicen o introduzcan en el país, solicitados por las entidades que lo requieran.

2.

Realizar revisiones aleatorias de las metodologías analíticas validadas por los laboratorios que las aplican al análisis de agua en estanques de piscinas o estructuras similares. Estas metodologías deberán ser validadas, revalidadas y estandarizadas en las instalaciones de trabajo del laboratorio, para lo cual deben determinar atributos del método, tales como: Límites de detección y cuantificación, reproducibilidad (precisión), exactitud (porcentaje de recuperación), incertidumbre, linealidad (rango dinámico lineal), reporte de interferencias.

3.

Coordinar la Red Nacional de Laboratorios para la Vigilancia de la Calidad del Agua de Estanques en Piscinas y estructuras similares y dar orientaciones y directrices en esta materia a los laboratorios que realicen o presten el servicio de análisis físicos, químicos y microbiológicos, los cuales serán definidos por el Ministerio de la Protección Social.

4.

Consolidar y reportar al Subsistema de Vigilancia de la Calidad del Agua (Sivicap), la información generada por la autoridad sanitaria departamental, distrital y municipal (municipios categorías 1, 2 y 3) de salud, en el proceso de vigilancia sanitaria a las piscinas y estructuras similares, de acuerdo con los lineamientos que para el efecto expida el Ministerio de la Protección Social. CAPITULO VII Transitoriedad, vigencia y derogatorias

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 2171 de 2009