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Article 3

Serán Objetivos Específicos Del Proyecto Especial Los Siguientes: A) Contribuir Al Fortalecimiento De La Infraestructura Científica Y Tecnológica Nacional En Materia Oceanográfica

Decreto 416 de 1983 · Por el cual se adopta el proyecto especial para el Fomento y Desarrollo de las Ciencias y las Tecnologías del mar FONDEMAR

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01

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° Serán objetivos específicos del proyecto especial los siguientes

a)

Contribuir al fortalecimiento de la infraestructura científica y tecnológica nacional en materia oceanográfica.

b)

Contribuir a la ejecución de proyectos sectoriales enmarcados dentro del Plan de Desarrollo de las Ciencias y las Tecnologías del Mar en Colombia, mediante aportes financieros que refuercen los presupuestos de las entidades ejecutoras.

c)

Fortalecer los servicios marinos de apoyo necesarios para satisfacer los requerimientos del desarrollo oceanográfico del país.

d)

Fortalecer el financiamiento y apoyar los programas de capacitación de recursos humanos necesarios en el campo de las ciencias y las tecnologías del Mar.

e)

Fomentar y utilizar la cooperación técnica y financiera internacional en materia de ciencias y tecnologías del mar.

f)

Proporcionar a la Comisión Colombiana de Oceanografía el presupuesto requerido para su funcionamiento.

g)

Establecer la debida articulación y optimización de los esfuerzos financieros de las distintas entidades nacionales que trabajan en este campo, con base en las orientaciones que determine el Consejo Nacional de la Comisión Colombiana de Oceanografía.

02

Constitutional history

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