º para que los Almacenes puedan expedir certificados de depósito y bono de prenda sobre mercancías y productos en tránsito o movilizar mercancías ya depositadas dentro del país deberán obtener la conformidad tanto del depositante como del acreedor prendario sobre el hecho de la movilización y sobre su responsabilidad por las mermas que se originen e el transporte. Las mercancías deberán ser aseguradas a satisfacción de los mismos Almacenes y los documentos de porte deberán ser expedidos o endosados a favor del Almacén que hace la operación.
Article 7
Para Que Los Almacenes Puedan Expedir Certificados De Depósito Y Bono De Prenda Sobre Mercancías Y Productos En Tránsito O Movilizar Mercancías Ya Depositadas Dentro Del País Deberán Obtener La Conformidad Tanto Del Depositante Como Del Acreedor Prendario Sobre El Hecho De La Movilización Y Sobre Su Responsabilidad Por Las Mermas Que Se Originen E El Transporte
Decreto 356 de 1957 · Por el cual se dictan disposiciones sobre Almacenes Generales de Depósito
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