°. El monto de las apropiaciones para gastos "Ordinarios" o de "Fomento", que se incluya en cada Presupuesto anual, no podrá exceder del monto calculado de la rentas definidas en el ARTÍCULO 5 de este Decreto, sumado al de los recursos del Balance del Tesoro, salvo que se trate de obras públicas o de empresas útiles o benéficas, que respondan a un plan o programa legal que deba desarrollarse con recursos provenientes de empréstitos previamente autorizados por el Congreso. De los cómputos de rentas e ingresos.
Article 9
El Monto De Las Apropiaciones Para Gastos "ordinarios" O De "fomento", Que Se Incluya En Cada Presupuesto Anual, No Podrá Exceder Del Monto Calculado De La Rentas Definidas En El Artículo 5 De Este Decreto, Sumado Al De Los Recursos Del Balance Del Tesoro, Salvo Que Se Trate De Obras Públicas O De Empresas Útiles O Benéficas, Que Respondan A Un Plan O Programa Legal Que Deba Desarrollarse Con Recursos Provenientes De Empréstitos Previamente Autorizados Por El Congreso
Decreto 164 de 1950 · Por el cual se organiza el manejo del Presupuesto
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.