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Article 6

Ley 36 de 1977 · sobre Presupuesto de Ingresos y de Gastos de los Establecimientos Públicos Nacionales, para el año fiscal del 1o. de enero al 31 de diciembre de 1978.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Habrá unidad de Caja. Con el producto de todas las rentas e ingresos se formará un acervo común, sobre el cual se girará para atender el pago de los compromisos autorizados en los Acuerdos mensuales de Gastos.

Cuando el Presupuesto de los Establecimientos Públicos Nacionales incluya entre sus ingresos aportes o préstamos de la Nación, el monto y la destinación de tales ingresos debe coincidir con el de las apropiaciones respectivas previstas en el Presupuesto Nacional. En consecuencia, no se podrá modificar ni la leyenda, ni la cuantía ni su destinación.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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