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Article 2

Adiciónese El Siguiente Parágrafo Transitorio Al Artículo 2

Decreto 1206 de 2021 · Por el cual se adicionan unos parágrafos transitorios a los Artículos 2.12.3.16.3, 2.12.3.8.2.11 Y 2.12.3.6.3 del Decreto Único 1068 de 2015, Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público, en relación con las provisiones adicionales al nivel de cubrimiento del pasivo pensional y la flexibilización de algunos requisitos para el desahorro de recursos del FONPET.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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°. Adiciónese el siguiente

Parágrafo Transitorio

al Artículo 2.12.3.8.2.11 del Decreto Único 1068 de 2015, Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público: "

Parágrafo Transitorio

Cuando las entidades territoriales no cuenten con cobertura del pasivo pensional en los sectores Salud y/o Educación en un 100%, solamente para la vigencia 2021 y, para los efectos del

Parágrafo Transitorio

del Artículo 2.12.3.16.3 del presente Decreto, la Dirección General de Regulación Económica de la Seguridad Social del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, como administradora del FONPET, deberá realizar la reserva o el traslado de los recursos que superen el porcentaje de cobertura establecido en el inciso primero del Artículo 6° de la Ley 549 de 1999, del sector Propósito General del FONPET a los citados sectores, hasta cubrir el porcentaje señalado en este

Parágrafo

".

Parágrafo Transitorio

Artículo 2.12.3.8.2.11. DECRETO 1068 de 2015

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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