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Article 1

° En Los Casos En Los Cuales, Con Motivo De La Formación O Actualización Del Catastro De Los Predios Urbanos Y Rurales Del Municipio De Sogamoso, El Avalúo De Dichos Predios Exceda Del 200% Del Avalúo Anterior, Aplázase Hasta El 30 De Diciembre De 1993 La Entrada En Vigencia De La Parte Del Reajuste Que Corresponda A Dicho Excedente

Decreto 790 de 1993 · por el cual se aplaza parcialmente la vigencia de un catastro.

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01

Text of the article

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° En los casos en los cuales, con motivo de la formación o actualización del catastro de los predios urbanos y rurales del Municipio de Sogamoso, el avalúo de dichos predios exceda del 200% del avalúo anterior, aplázase hasta el 30 de diciembre de 1993 la entrada en vigencia de la parte del reajuste que corresponda a dicho excedente. En los casos en los cuales, con motivo de la formación o actualización, el avalúo del bien resulte ser igual o inferior al 200% del avalúo anterior, regirá la Resolución 15-000-264-92 expedida por el Instituto Geográfico Agustín Codazzi el 31 de diciembre de 1992.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

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