º La asignación de prima técnica se hará por , Resolución de la Junta Directiva, previo concepto favorable del Consejo Superior del Servicio Civil, con base en la solicitud razonada formulada por escrito y para cada caso ; por el Director General de la Administración Postal Nacional y de acuerdo con los siguientes criterios: a) Solo podrá asignarse prima técnica a quienes reúnan; los requisitos mínimos señalados para el desempeño del empleo en el Manual Descriptivo de Funciones, y la valoración se hará mediante las ponderaciones de las calidades que excedan estos requisitos. bi La prima no podrá exceder el cincuenta por ciento (50%) de la remuneración señalada como sueldo básico para el cargo respectivo, ni superar el porcentaje que resulte de la evaluación hecha por el Consejo Superior del Servicio Civil c) Los factores objeto de valoración por concepto de prima técnica son los estudios y experiencias que se relaciones directamente con las funciones del cargo, o que proporcionen una aptitud especial para su desempeño. El sueldo más la prima técnica no podrán exceder en ningún caso la remuneración que por concepto de sueldo; y gastos de representación corresponda a los Ministros del Despacho y Jefes de Departamento Administrativo. En ningún caso podrán devengarse simultáneamente; gastos de representación y prima técnica, f) Asignada una prima técnica cesará su disfrute por ; cambio de empleo. 1
Article 9
La Asignación De Prima Técnica Se Hará Por , Resolución De La Junta Directiva, Previo Concepto Favorable Del Consejo Superior Del Servicio Civil, Con Base En La Solicitud Razonada Formulada Por Escrito Y Para Cada Caso ; Por El Director General De La Administración Postal Nacional Y De Acuerdo Con Los Siguientes Criterios: A) Solo Podrá Asignarse Prima Técnica A Quienes Reúnan; Los Requisitos Mínimos Señalados Para El Desempeño Del Empleo En El Manual Descriptivo De Funciones, Y La Valoración Se Hará Mediante Las Ponderaciones De Las Calidades Que Excedan Estos Requisitos
Decreto 1020 de 1975 · Por el cual se fija el sistema de clasificación y Remuneración de los Empleos de la Administración Postal Nacional
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