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Article 5

Decreto 668 de 2002 · por el cual se fija la escala salarial para los empleos públicos del Congreso Nacional y se dictan otras disposiciones en materia salarial.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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º . A partir del 1º de enero de 2002, los Secretarios Generales de ambas Corporaciones tendrán derecho a percibir una prima mensual de gestión, equivalente a setecientos sesenta y seis mil trescientos sesenta y cuatro pesos ($766.364) moneda corriente. Para los Subsecretarios Generales del Senado de la República y de la Cámara de Representantes, los Secretarios de las Comisiones Constitucionales y Legales Permanentes de ambas Corporaciones seiscientos veintisiete mil novecientos treinta y nueve pesos ($627.939) y el Director General del Senado de la República, la prima mensual de gestión será equivalente a seiscientos veintisiete mil doscientos seis pesos ($627.206) moneda corriente. Para los Subsecretarios Auxiliares de ambas Corporaciones, la prima mensual de gestión será equivalente a seiscientos dieciocho mil ciento cincuenta y cuatro pesos ($618.154) moneda corriente. Para los Subsecretarios de las Comisiones Constitucionales y Legales permanentes de ambas Corporaciones, los Jefes de Sección de Relatoría y Sección de Grabación de las dos Corporaciones y el Jefe de Sección de Leyes del Senado de la República, la prima mensual de gestión será equivalente a la diferencia entre la asignación básica de dichos cargos y el 50% del valor que devenguen los Secretarios de las Comisiones Constitucionales y Legales Permanentes grado 12 por concepto de asignación básica y Prima de Gestión. La diferencia entre el resultado del 50% de la asignación básica mensual más la prima de gestión de los Secretarios de las Comisiones Constitucionales y Legales Permanentes grado 12 y la que corresponde a los empleos a que se refiere el inciso anterior como factor para 2002, se percibirá únicamente durante la vigencia fiscal del presente año.

Parágrafo

En ningún caso la prima de gestión de que trata el presente artículo constituirá factor salarial, para ningún efecto legal.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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