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Article 31

Los Recursos Que Destine El Gobierno Nacional Para El Desarrollo Del Programa Al Que Hace Referencia El Presente Decreto, Serán Apropiados En El Presupuesto General De La Nación A Través De Fonvivienda O Quien Haga Sus Veces, Y Serán Comprometidos Con Cargo A Su Presupuesto De Inversión

Decreto 1432 de 2013 · por el cual se reglamenta el parágrafo 4° del artículo 68 de la Ley 49 de 1990, adicionado por el artículo 185 de la Ley 1607 de 2012 y se dictan otras disposiciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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Los recursos que destine el Gobierno Nacional para el desarrollo del programa al que hace referencia el presente decreto, serán apropiados en el Presupuesto General de la Nación a través de Fonvivienda o quien haga sus veces, y serán comprometidos con cargo a su presupuesto de inversión. La apropiación de estos recursos deberá guardar concordancia con la disponibilidad fiscal establecida tanto en el Marco de Gasto de Mediano Plazo del sector, como en el Marco Fiscal de Mediano Plazo.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

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