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Article 30

Contravenciones Contra El Patrimonio Económico

Ley 1153 de 2007 · por medio de la cual se establece el tratamiento de las pequeñas causas en materia penal.Declarado

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Text of the article

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Excepto el hurto con violencia sobre las personas; o colocando a la víctima en condiciones de indefensión o inferioridad o aprovechándose de tales condiciones; sobre medio motorizado, o sus partes esenciales, o sobre mercancía o combustible que se lleve en ellos; sobre cabeza de ganado mayor o menor; sobre efectos y armas destinadas a la seguridad y defensa nacional; sobre los bienes que conforman el patrimonio cultural de la Nación; sobre petróleo o sus derivados cuando se sustraigan de un oleoducto, gasoducto, poliducto o fuentes inmediatas de abastecimiento; sobre materiales nucleares o elementos radiactivos; y bienes u otros elementos destinados a comunicaciones telefónicas, telegráficas, informáticas, telemáticas y satelitales, o a la producción y conducción de energía eléctrica y gas domiciliario son constitutivas de contravenciones penales, cuando la cuantía no supere los diez (10) salarios mínimos legales mensuales vigentes, las siguientes conductas:

1.

Hurto (C. P. art. 239).

2.

Hurto calificado (C. P. art. 240).

3.

Hurto agravado (C. P. art. 241).

4.

Hurto atenuado (C. P. art. 242).

5.

Estafa (C. P. arts. 246 y 247).

6.

Emisión y transferencia ilegal de cheque (C. P. art. 248).

7.

Abuso de confianza (C. P Art. 249).

8.

Abuso de confianza calificado (C. P art. 250).

9.

Aprovechamiento de error ajeno o caso fortuito (C. P art. 252).

10.

Alzamiento de bienes (C. P art. 253).

11.

Disposición de bien propio gravado con prenda (C. P art. 255).

12.

Defraudación de fluidos (C. P art. 256).

13.

Perturbación de la posesión sobre inmueble (C. P art. 264)

14.

Daño en bien ajeno (C. P arts. 265 y 266).

Parágrafo 1

La pena a imponer para las contravenciones de que tratan los numerales 4, 5, 6, 9, 10, 11, 12, 13 y 14, será de trabajo social no remunerado de dos (2) a doce (12) semanas.

Parágrafo 2

La pena a imponer en los casos de hurto (C. P arts. 239, 240, 241), estafa agravada (C. P art. 247) y el abuso de confianza calificado (C. P art. 250) será de arresto efectivo e ininterrumpido de un (1) año a dos (2) años.

De las contravenciones contra la salud pública

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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