º Para el otorgamiento de créditos de fomento y en general para todos los efectos legales, cuando una disposición se refiera a la expresión "Pequeña y Mediana Industria", se entenderá por tal, todas aquellas personas naturales o jurídicas dedicadas a industrias manufactureras que cumplan simultáneamente con las tres siguientes condiciones operativas
Que el número de trabajadores de la empresa no sea superior a 150.
Que las ventas anuales de fábrica no sobrepasen los $ 150 millones de pesos.
Que sus activos totales no excedan los $ 100 millones de pesos.
Los guarismos anotados serán determinados con base en lo registrado en el corte de cuentas del año calendario inmediatamente anterior.