Para la efectividad de las prohibiciones contenidas en los tres artículos anteriores, la Policía procederá así: si se trata de cantinas ordenará el cierre de ellas, y en los demás lugares ejercerá una estricta vigilancia.
La contravención a lo dispuesto en los artículos dichos será castigada con una multa de ciento a quinientos pesos ($ 100 a $ 500), según la clase e importancia del establecimiento.