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Article 3

Una Vez Producido El Decreto De Autorización Para Gestionar Empréstitos, El Ministerio De Defensa Nacional Deberá Efectuar Las Adjudicaciones Respectivas Dentro De Los Sesenta (60) Días Siguientes A La Fecha De Su Expedición

Decreto 1314 de 1988 · por el cual se dictan normas tendientes a facilitar el aprovisionamiento de las Fuerzas Militares y la Policía Nacional.

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01

Text of the article

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° Una vez producido el decreto de autorización para gestionar empréstitos, el Ministerio de Defensa Nacional deberá efectuar las adjudicaciones respectivas dentro de los sesenta (60) días siguientes a la fecha de su expedición. El Ministerio de Hacienda y Crédito Público –Dirección General de Crédito Público–, deberá acordar los términos específicos de financiación dentro de los treinta (30) días siguientes a la entrega de la documentación establecida en el Decreto-ley 222 de 1983, por parte del Ministerio de Defensa Nacional. El funcionario que incumpla los términos previstos en el presente artículo incurrirá en responsabilidad disciplinaria, sancionable con destitución o pérdida del cargo o empleo, según el caso, conforme a lo previsto en el Decreto-ley 1176 de 1979 y la Ley 13 de 1984 y demás normas que los adicionen o reformen.

02

Constitutional history

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