La implementación de medidas de los Planes Integrales de Reparación Colectiva podrá estar a cargo de los mismos Sujetos de Reparación Colectiva. El Gobierno nacional reglamentará la materia en los seis (6) meses siguientes a la expedición de la presente ley.
°. La Unidad Administrativa Especial de Atención y Reparación a las Víctimas deberá adelantar estrategias de fortalecimiento técnico y administrativo a los Sujetos de Reparación Colectiva que lo requieran con el fin de fortalecer su autonomía y participación como sujetos de derechos.
Para la aplicación de la presente disposición, se podrá acudir a la figura de las Asociaciones de Iniciativa Público Popular señalada en el artículo 101 de la Ley 2294 de 2023 .