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Article 18

El Patrimonio Del Instituto Colombiano De La Juventud Y El Deporte Estará Constituido Por: 1

Decreto 2743 de 1968 · Por el cual se crean el Consejo Nacional y el Instituto Colombiano de la Juventud y el Deporte

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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El patrimonio del Instituto Colombiano de la Juventud y el Deporte estará constituido por

1.

Las partidas que como aporte ordinario al Instituto se incluyan anualmente en el Presupuesto nacional, que no podrán ser inferiores al 1% del Presupuesto total anual del Ministerio de Educación.

2.

Las partidas y los bienes que pertenecen a la Sección de Educación Física, dependientes de la División de Divulgación Cultural del Ministerio de Educación, que se suprime a partir de la iniciación de actividades del Instituto. Las partidas y auxilios que se incluyan anualmente en el Presupuesto nacional, con destino a entidades con fines de Presupuesto Nacional, con destino a entidades con fines de educación física, deportes, juventud y recreación que serán gastadas por sus destinatarios con la supervisión del Instituto. 4. El producto de las rentas que adquiera en el futuro, por razón de prestación de servicios o por cualquier otro concepto, de acuerdo con sus finalidades, y 5. Los bienes que, como persona jurídica, adquiera a cualquier título.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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