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Article 12

Ley 40 de 1982 · sobre Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 1983.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Las unidades administrativas especiales y fondos sin personería jurídica para el manejo de cuentas que se encuentren actualmente en funcionamiento a fin de poder ejecutar su presupuesto deberán llenar los siguientes requisitos:

a). Presupuesto de ingresos y gastos para la vigencia fiscal, clasificado por el objeto del gasto, que deberá presentarse para estudio y aprobación de la Dirección General del Presupuesto antes del 31 de enero de 1983, y

b). Estado de ingresos y gastos e informe de caja y bancos mensuales para control de ejecución a la División Delegada de Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público ante la Rama u organismo respectivo del Poder Público.

La no observancia de estos requisitos dará lugar a que la Dirección General del Presupuesto exija su cumplimiento y ordene la consignación de los recursos en la Tesorería General de la República.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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