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Article 26

Decreto 2152 de 1992 · por el cual se reestructura el Ministerio de Desarrollo Económico

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ARTICULO 26 . Del Secretario General.- El Secretario General tendrá las funciones establecidas en el artículo 14 del Decreto 1050 de 1968, y en particular las siguientes

1.

Asesorar y apoyar al Ministro en la selección, vinculación, inducción, ubicación, capacitación y evaluación del recurso humano requerido para la operación y funcionamiento del Ministerio en procura de su calidad, nivel profesional y correcto dimensionamiento de la planta de personal;

2.

Asesorar y apoyar al Ministro en el diseño y actualización de los procesos y procedimientos, requisitos, funciones y formas que requiere el funcionamiento de la entidad dentro de los criterios de eficacia, economía, celeridad, igualdad, publicidad y oportunidad;

3.

Elaborar los proyectos de presupuesto de inversión y funcionamiento del Ministerio en coordinación con la Oficina de Planeación;

4.

Determinar, seleccionar, adquirir y suministrar los elementos, equipos y servicios de acuerdo a los requerimientos de las diferentes dependencias del Ministerio, dentro del presupuesto asignado;

5.

Administrar los recursos informáticos del Ministerio;

6.

Recibir, tramitar, archivar y custodiar la correspondencia y demás documentos del Ministerio asegurando su oportuno trámite, consulta y protección; y

7.

Organizar y dirigir el control interno de la entidad.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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