Financiamiento de la compensación. El Ministerio de Hacienda y Crédito Público, realizará la compensación de que trata este capítulo a más tardar dentro de los dos (2) meses siguientes a la fecha de las certificaciones de que trata el artículo anterior, con cargo a los recursos recaudados por concepto del IVA aplicable al juego de las apuestas permanentes o chance.
(Art.3 Decreto 2550 de 2012)