Los Suboficiales a que se refiere el artículo anterior, serán calificados y clasificados como Suboficiales Alumnos conforme lo estipula el Reglamento de Calificación y Clasificación para el Personal de las Fuerzas Militares y podrán ascender durante su permanencia en las Escuelas Militares, dentro del Escalafón de Suboficiales, previo concepto favorable de la Dirección de la Escuela, con base en los resultados académicos obtenidos.
Article 15
Los Suboficiales A Que Se Refiere El Artículo Anterior, Serán Calificados Y Clasificados Como Suboficiales Alumnos Conforme Lo Estipula El Reglamento De Calificación Y Clasificación Para El Personal De Las Fuerzas Militares Y Podrán Ascender Durante Su Permanencia En Las Escuelas Militares, Dentro Del Escalafón De Suboficiales, Previo Concepto Favorable De La Dirección De La Escuela, Con Base En Los Resultados Académicos Obtenidos
Decreto 73 de 1970 · Por el cual se reglamentan algunas disposiciones del Decreto 3071 de 1968
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