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Article 62

Ley 64 de 1989 · Sobre el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal del 1o de enero al 31 de diciembre de 1990

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01

Text of the article

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El Instituto Geográfico Agustín Codazzi y el Catastro Departamental de Antioquia, deberán suministrar al Ministerio de Hacienda y Crédito Público la información de los avalúos catastrales de la vigencia fiscal de 1989 a más tardar el 10 de enero de 1990. De los avalúos catastrales de cada municipio, se excluirá el valor de la propiedad inmueble de la Nación, el Departamento y el Municipio y la correspondiente a las instituciones exentas por normas concordatarias.

Parágrafo

Cualquier novedad que origine un cambio en la información suministrada en la fecha prevista en el artículo anterior, no será tenida en cuenta para los cálculos y determinación de la participación adicional que corresponde a los municipios cuya población es menor a 100.000 habitantes para la vigencia fiscal de 1990.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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