º. Debe entenderse que es extensiva a todos los miembros de la Comisión Geológica de Urabá, inclusive el personal de trabajadores, el beneficio de que goza el Jefe de dicha Comisión relativo a que sean de cuenta del Gobierno los gastos de médico y medicinas, en caso de enfermedad y cuando se encuentren en ejercicio de sus funciones, tanto los causados hasta la fecha como los que se originen en adelante.
Article 1
Debe Entenderse Que Es Extensiva A Todos Los Miembros De La Comisión Geológica De Urabá, Inclusive El Personal De Trabajadores, El Beneficio De Que Goza El Jefe De Dicha Comisión Relativo A Que Sean De Cuenta Del Gobierno Los Gastos De Médico Y Medicinas, En Caso De Enfermedad Y Cuando Se Encuentren En Ejercicio De Sus Funciones, Tanto Los Causados Hasta La Fecha Como Los Que Se Originen En Adelante
Decreto 1618 de 1926 · Por el cual se adiciona el dictado con fecha 29 de junio de 1924, bajo el número 1268
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